Comisiones Obreras Canarias | 20 abril 2024.

La Administración reconoce 19 casos de aplicación del protocolo para agresiones a personal docente durante tres años hasta 31/12/2017

    La nueva normativa de asistencia jurídica y psicológica debe ser eficaz y no ser un mero conjunto de buenas intenciones.

    05/02/2019.
    Aulas

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    Esta mañana se ha celebrado reunión de la Comisión Técnica de la Mesa Sectorial de Educación. En el orden del día figuraba elAnteproyecto de Orden por la que se regula la asistencia jurídica y psicológica del personal docente y no docente dependiente de la Consejería de Educación y Universidades que presta servicios en centros educativos públicos no universitarios de Canarias. Esta norma viene a sustituir a la vigente Orden de 18 de diciembre de 2009 que contemplaba un protocolo de actuación para los casos de agresiones al personal docente.

    CCOO ha mostrado su apoyo a que se regule la protección jurídica y psicológica del profesorado. Destacamos que se abordó en negociación hace más de un año y no se ha sabido nada desde entonces. Desconocemos qué ha ocurrido para que este tiempo se haya perdido, pero parece que para la Administración no era pertinente.

    Hemos exigido datos reales por parte de la Consejería de Educación (que no los había facilitado en ningún momento) y nos preguntamos por qué no hubo necesidad de debatir hace un año y sí la hay ahora. La Administración ha reconocido la existencia de 19 casos de aplicación de la ORDEN de 18 de diciembre de 2009, que regula el protocolo de actuación para los casos de agresiones al personal docente durante un periodo de tres años hasta 31/12/2017.

    Entrando en detalles hemos propuesto la ampliación del ámbito de aplicación para que alcance todo lo relacionado directamente con la vida escolar y no solo presencial en el centro o en actividades extraescolares.

    En relación con la asistencia jurídica proponemos que se evite penalizar al docente en el caso de ejercer, por propia iniciativa, su derecho a defenderse y ser condenada/o en costas. Con la redacción actual del borrador, el profesorado podría verse condicionado a no defenderse por temor a tener que asumir su coste.

    CCOO ha planteado también que no se excluya, en ningún caso, la prestación de asistencia psicológica especializada por daños psicológicos derivados de conflictos entre el propio personal docente y no docente que preste sus servicios en la CEU.

    Hemos exigido que la Administración vele por la calidad de los servicios jurídicos y psicológicos que se van a prestar y que debe haber una actuación inmediata por su parte mucho más ágil que la que está prevista aparentemente. Estamos de acuerdo con la elaboración de guías informativas, pero el esfuerzo principal de los servicios competentes debe dirigirse al fondo de la norma: asistencia jurídica y psicológica. Es necesario clarificar la función de la inspección educativa en este proceso.

    Desde CCOO creemos que es muy importante que se dé a conocer el alcance económico de la implantación de esta norma y su concreción reglamentaria, en la que se definan el procedimiento y su protocolo. Es indispensable preservar el derecho de las y los docentes a ser defendidos en el cumplimiento de sus funciones así como si se produce una conculcación de sus derechos.