Comisiones Obreras Canarias | 21 diciembre 2024.

𝗦𝗔𝗙𝗘 informa: Beneficios a las empresas con ERTE que realicen acciones formativas

    01/10/2021.
    SAFE ERTE AAFF

    SAFE ERTE AAFF

    𝗦𝗔𝗙𝗘 informa:

    El Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, establece beneficios en la cotización para las empresas afectadas por un ERTE vinculado a la situación pandémica, consistente en la atribución de diferentes beneficios a las empresas que realicen acciones formativas, con la finalidad de mejorar las competencias profesionales y la empleabilidad de las personas que estén en esos ERTE.Se priorizará el desarrollo de acciones formativas dirigidas a atender las necesidades reales de formación de las empresas y las personas trabajadoras, así como aquellas que permitan recualificar a estas últimas.

    Además, la formación que incluya a las personas incluidas en el ERTE llevará aparejada un incremento de los créditos que disponen las empresas para la financiación de la misma.

     

    Para la obtención de las exenciones en la cotización a la Seguridad Social, las empresas cuyo ERTE sea prorrogado tendrán que desarrollar acciones formativas para cada una de las personas afectadas por el ERTE entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022.

    Las acciones formativas referidas tendrán como objetivo la mejora de las competencias profesionales y la empleabilidad de las personas trabajadoras afectadas por los ERTE.

    A través de estas acciones se priorizará el desarrollo de acciones formativas dirigidas a atender las necesidades formativas reales de las empresas y las personas trabajadoras incluyendo las vinculadas a adquisición de competencias digitales, así como aquellas que permitan recualificar a las personas trabajadoras, aunque no tengan relación directa con la actividad desarrollada en la empresa.

    El plazo para la prestación efectiva de las acciones formativas finalizará el 30 de junio de 2022.

    El número mínimo de horas de formación que debe realizar cada persona trabajadora se establece en función del tamaño de la empresa:

    • De 10 a 49 personas trabajadoras: 30 horas.
    • De 50 o más: 40 horas.

    Las empresas que formen a personas afectadas por ERTE tendrán derecho a un incremento de crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada de la cantidad que se indica a continuación, en función del tamaño de la empresa:

    • De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
    • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 400 euros por persona.
    • De 50 o más personas: 320 euros por persona. 

    Los ERTE por limitaciones en la actividad normalizada podrán beneficiarse de hasta 80% de exención en la cotización a la Seguridad Social siempre que la empresa desarrolle acciones formativas para las personas a las que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral en el período indicado.

    Para más información haz clic aquí.