Comisiones Obreras Canarias | 20 abril 2024.

CCOO denuncia que una mujer trabajadora pierde su empleo en La Palma por haber sido madre

    Llevaba más de dos años trabajando como guía informadora en el Centro de Interpretación de las cavidades volcánicas Caños de Fuego (Los Llanos de Aridane) a través de la empresa pública Tragsa, medio propio del Cabildo. El área de Turismo del Cabildo Insular de La Palma ha decidido cambiar de empresa y encomendar el mismo servicio a SODEPAL, también medio propio, pero sin tener en cuenta la situación de la trabajadora.

    03/09/2021.
    La Palma.

    La Palma.

    Tragsa extinguió el contrato a todos sus trabajadores el día 01 de agosto, incluidas dos trabajadoras en situación de maternidady al día siguiente la empresa SODEPAL S.A.U. se hace cargo de los servicios a través de un nuevo encargo del Cabildo Insular.

    A mediados de julio SODEPAL publica más de 10 nuevas ofertas de trabajo para cubrir los actuales puestos el C.I. de Caños de Fuego y para el Museo Arqueológico El Tendal pidiendo incorporación inmediata el día 2 de agosto.

    Es en este momento cuando saltan las alarmas y la intranquilidad del personal que ve peligrar su trabajo.

    CCOO inicia una ronda de contactos tanto con SODEPAL como con los responsables del Cabildo de La Palma para intentar solventar la situación y garantizar la continuidad del actual personal a través de la subrogación, en especial la continuidad de las dos trabajadoras que disfrutan su maternidad.

    Hubo una reunión con la gerente de SODEPAL y también contactos tanto con la consejera del área Dª Raquel Díaz Díaz como con el jefe de sección de Turismo Carlos García quienes, aunentendiendo la situación, han responsabilizado de lo ocurrido a la falta de tiempo y a la condición de medio propio que tiene SODEPAL la cual, por ley, debe contratar personal mediante ofertas de empleo público.

    Indicar que la totalidad de los trabajadores se presentaron a las ofertas de empleo en julio. La mayoría fueronaceptados, otros quedaron “en reserva” y parece que SODEPAL también contratará a personal que no ha trabajado antes en los centros. En cuanto a las dos trabajadoras en situación de maternidad, una se ha visto obligada a renunciar a su periodo de maternidad y a su derecho a la libre elección de vacaciones para que SODEPAL la contrate. A la otra trabajadora no la han llamado y por tanto se ha visto obligadaa denunciar su despido.

    Desde CCOO consideramos esta forma de proceder como totalmente discriminatoriapara las trabajadoras en situación maternidad pues parece ser esa, el hecho de haber sido madres, la única razón para no haber sido contratadas con normalidad como al resto.

    Desde CCOO Tragsa-Canarias entendemos que los trabajadores tenían el derecho a ser subrogados en este supuesto al existir una sucesión de empresas en virtud del artículo 44 del Estatuto de los trabajadores.

    La empresa entrante, en este caso SODEPAL, tendría la obligación de contratar y asumir a todos los trabajadores afectados por la subrogación, quedando obligado a respetar los derechos laborales y de Seguridad Social de la anterior empresa, incluyendo el salario, la categoría. En definitiva, el único cambio que existe para el trabajador es la persona que le paga -denominada empleador- pero se le respetará el salario, antigüedad, jornada laboral, categoría, funciones, …etc.

     

    IGNACIO HERNANDEZ MARREROCOMISIONES OBRERAS Tragsa-Canarias630528173

     

     

    INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

     

    SUBROGACIÓN POR SUCESIÓN DE EMPRESAS

    El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores define la sucesión de empresa como el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva cuando la transmisión afecte a una entidad económica que mantenga su identidad, entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria.

    En el Estatuto de los Trabajadores se establece la obligación de que el nuevo empleador se subrogue, es decir, asuma todas las obligaciones y los derechos laborales de los trabajadores de otra empresa.

    Además, con carácter general, todos los trabajadores subrogados tienen el derecho a que se le respeten todas las condiciones laborales que disfrutaban con anterioridad al cambio de empresario.

    La subrogación es el cambio de titularidad de una empresa por otra, bien porque se transmite la totalidad de la empresa en su conjunto, o porque hay una transmisión de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma, y ello únicamente supone para los trabajadores que existe un cambio de titularidad del empleador.

    Señalar que una encuesta elaborada en 2020 y en la que han participado 94.182 mujeres de España desveló cómo la maternidad es una fuente de discriminación para las mujeres en tres ámbitos: el profesional, el familiar y el social.

    El 22 % de las encuestadas asegura que ha perdido su puesto de trabajo al ser madre: un 11 % renunció a él por no poder compatibilizarlo con la crianza, un 6 % fue despedida y a otro 6 % no le renovaron el contrato.

     

    Más datos: 

    Los/as trabajadores/as de llevaban más de dos años en estos servicios a través de Tragsa.

    Se enteran de que no pasan directamente de una empresa a otra cuando ven publicadas las ofertas de empleo de los puestos que ocupaban.

    Ante esto y la falta de información sobre su futuro se preocupan mucho y presentan sus solicitudes a las ofertas de empleo que publicó SODEPAL. Posteriormente casi todos los trabajadores hicieron una entrevista de trabajo con esta empresa y luego a finales de julio se les llamó para indicarles si estaban aceptados o no en SODEPAL.

    Tragsa finiquita al personal el 01 de agosto.

    Al día siguiente 02 de agosto la mayoría siguen trabajando, pero ya de alta con SODEPAL, con otro uniforme, pero sin haber firmadoa día de hoy 03/09/2021 sus nuevos contratos por lo que no saben el detalle de sus condiciones laborales.

    A una de las trabajadoras en situación de maternidad, después de la entrevista, la llaman para proponerle que renuncie a la baja por maternidad que estaba disfrutando y que firme que disfrutará vacaciones como única formula para ser contratada. La trabajadora no le queda más opción que aceptar para no verse inmersa en procesos judiciales que le llevarán tiempo y escasez de ingresos en la unidad familiar.

    A la otra mamá no la llaman por lo que se ha visto obligada a denunciar su situación.